| Nombre del indicador | Emisión de Gases Efecto Invernadero |
| Definición | Emisiones absolutas de gases de efecto invernadero (GEI) |
| Unidad de medida del indicador | Gigagramos de CO2eq |
| Algoritmo o método de cálculo | Corresponde al dato obtenido directamente del Inventario de Emisiones GEI del año correspondiente. |
| Descripción del algoritmo | Significado de las siglas o abreviaturas Emisiones absolutas de gases de efecto invernadero (GEI) expresadas en toneladas CO2eq. |
| Frecuencia de medición | Bienal |
| Periodo | Estatal: 2013 – 2021 |
| Cobertura | Estatal |
| Fuente | Directrices del IPCC de 2006 para los inventarios Nacionales de Gases de Efecto Invernadero. |
| Observaciones | La estimación de las emisiones de gases de efecto invernadero se realiza bajo la metodología que establece el Panel Intergubernamental de Expertos sobre Cambio Climático, el IPCC, misma que es utilizada por los países miembros de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático para realizar sus inventarios nacionales, entre ellos México. Dicha metodología comprende las Directrices del IPCC de 2006 para los inventarios nacionales de gases de efecto invernadero, así como su Refinamiento de 2019. La metodología establece 3 niveles de complejidad de cálculo, siendo el número 3 el que ofrece resultados con menor incertidumbre, y en el caso del Estado de Guanajuato, en algunos categorías de emisiones se alcanza dicho nivel. El último inventario de emisiones de gases de efecto invernadero elaborado por la Secretaría, es el que corresponde al año base 2021, elaborado durante 2023. (En proceso de validación por parte del INECC y próxima publicación). Cabe resaltar que, al haber usado la metodología más actual, se utiliza el resultado preliminar más reciente, y en su caso, para años anteriores, realizar un recálculo para poder obtener resultados comparables. Cabe resaltar que en el cálculo de las emisiones de gases de efecto invernadero para el Estado de Guanajuato existe un desfase de 2 años, entre el año a estimar y el año en que se publica, esto debido a la disponibilidad de información, esto es, se debe de considerar que la base del cálculo de las emisiones es la información que publican los organismos oficiales, tales como las dependencias gubernamentales de los tres órdenes de gobierno y de organismos autónomos, y que dependiendo de su complejidad y su extensión, toma cierto tiempo en publicarse por las vías oficiales. Nota: "Las metas se establecen en función del rango mínimo y máximo que se espera obtener en el 2050, si la actividad económica e industrial se mantiene". |
| URL | https://www.ipcc-nggip.iges.or.jp/public/2006gl/spanish/index.html |
| Clave observatorio | 2050_PED5.3.X.1 |
| Nombre del indicador | Emisión de Gases Efecto Invernadero |
| Definición | Emisiones absolutas de gases de efecto invernadero (GEI) |
| Unidad de medida del indicador | Gigagramos de CO2eq |
| Sentido del indicador | Descendente |
| Algoritmo o método de cálculo | Corresponde al dato obtenido directamente del Inventario de Emisiones GEI del año correspondiente. |
| Descripción del algoritmo | Significado de las siglas o abreviaturas Emisiones absolutas de gases de efecto invernadero (GEI) expresadas en toneladas CO2eq. |
| Frecuencia de medición | Bienal |
| Cobertura | Estatal |
| Fuente | Directrices del IPCC de 2006 para los inventarios Nacionales de Gases de Efecto Invernadero. |
| Observaciones | La estimación de las emisiones de gases de efecto invernadero se realiza bajo la metodología que establece el Panel Intergubernamental de Expertos sobre Cambio Climático, el IPCC, misma que es utilizada por los países miembros de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático para realizar sus inventarios nacionales, entre ellos México. Dicha metodología comprende las Directrices del IPCC de 2006 para los inventarios nacionales de gases de efecto invernadero, así como su Refinamiento de 2019. La metodología establece 3 niveles de complejidad de cálculo, siendo el número 3 el que ofrece resultados con menor incertidumbre, y en el caso del Estado de Guanajuato, en algunos categorías de emisiones se alcanza dicho nivel. El último inventario de emisiones de gases de efecto invernadero elaborado por la Secretaría, es el que corresponde al año base 2021, elaborado durante 2023. (En proceso de validación por parte del INECC y próxima publicación). Cabe resaltar que, al haber usado la metodología más actual, se utiliza el resultado preliminar más reciente, y en su caso, para años anteriores, realizar un recálculo para poder obtener resultados comparables. Cabe resaltar que en el cálculo de las emisiones de gases de efecto invernadero para el Estado de Guanajuato existe un desfase de 2 años, entre el año a estimar y el año en que se publica, esto debido a la disponibilidad de información, esto es, se debe de considerar que la base del cálculo de las emisiones es la información que publican los organismos oficiales, tales como las dependencias gubernamentales de los tres órdenes de gobierno y de organismos autónomos, y que dependiendo de su complejidad y su extensión, toma cierto tiempo en publicarse por las vías oficiales. Nota: "Las metas se establecen en función del rango mínimo y máximo que se espera obtener en el 2050, si la actividad económica e industrial se mantiene". |
| Año línea base | 2021 |
| URL | https://www.ipcc-nggip.iges.or.jp/public/2006gl/spanish/index.html |
| Valor línea base | 24,202.62 |
| Instrumento de planeación | PLAN ESTATAL DE DESARROLLO 2050 |
| Objetivo del instrumento de planeación | 24 |
| ID ODS | 13 |
| ODS | Acción por el clima |
| Meta ODS | 13.3 |
| Año | Meta conservadora | Meta optimista | Año | Meta conservadora | Meta optimista |
|---|---|---|---|---|---|
| 2025 | 28,873.51 | 25,154.12 | 2038 | 38,840.76 | 31,526.10 |
| 2026 | 29,781.47 | 25,650.90 | 2039 | 39,526.94 | 32,010.71 |
| 2027 | 30,642.88 | 26,146.17 | 2040 | 40,206.92 | 32,494.36 |
| 2028 | 31,470.35 | 26,640.01 | 2041 | 40,881.08 | 32,976.96 |
| 2029 | 32,271.62 | 27,132.51 | 2042 | 41,549.76 | 33,458.49 |
| 2030 | 33,051.91 | 27,623.84 | 2043 | 42,213.32 | 33,938.98 |
| 2031 | 33,814.93 | 28,114.14 | 2044 | 42,872.08 | 34,418.43 |
| 2032 | 34,563.43 | 28,603.56 | 2045 | 43,526.35 | 34,896.91 |
| 2033 | 35,299.52 | 29,092.21 | 2046 | 44,176.42 | 35,374.47 |
| 2034 | 36,024.86 | 29,580.21 | 2047 | 44,822.57 | 35,851.18 |
| 2035 | 36,740.76 | 30,067.62 | 2048 | 45,465.05 | 36,327.09 |
| 2036 | 37,448.21 | 30,554.45 | 2049 | 46,104.05 | 36,802.25 |
| 2037 | 38,148.02 | 31,040.64 | 2050 | 46,739.75 | 37,276.64 |